
Cómo darse de alta como autónomo en España: Guía completa 2025
Introducción
Tomar la decisión de convertirse en autónomo es un paso importante en tu carrera profesional. Sin embargo, el proceso administrativo puede parecer abrumador si no sabes por dónde empezar. Darse de alta como trabajador autónomo en España requiere cumplir con varios trámites simultáneamente en diferentes organismos: la Agencia Tributaria (Hacienda) y la Tesorería General de la Seguridad Social. La buena noticia es que, aunque el procedimiento implica varios pasos, es completamente accesible si conoces qué documentación necesitas y en qué orden ejecutar los trámites.
Esta guía te acompañará en cada fase del proceso de alta como autónomo, desde los requisitos previos hasta las obligaciones que adquieres una vez formalizado tu estatus. Conocer estos detalles te permitirá evitar retrasos, errores administrativos y comenzar tu actividad de forma correcta y legal. Además, comprenderás las implicaciones fiscales y de cotización que conlleva ser autónomo, aspectos fundamentales para planificar tu negocio.
¿Qué significa ser autónomo en España?
Un trabajador autónomo es aquella persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica o profesional a cambio de una contraprestación, sin estar sujeta a un contrato de trabajo. Esto significa que trabajas por cuenta propia, asumiendo todos los riesgos y beneficios de tu actividad.
La diferencia principal con un empleado por cuenta ajena es que:
- Tienes tu propio negocio o profesión independiente - Eres responsable de tu propia cotización a la Seguridad Social - Debes tramitar tus propias obligaciones fiscales - Puedes contratar empleados si lo deseas - Asumes los gastos y beneficios derivados de tu actividad
En España, el régimen de Seguridad Social para autónomos se denomina RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), que es el marco legal que regula los derechos y obligaciones de este colectivo.
Requisitos para darse de alta como autónomo
Antes de iniciar los trámites administrativos, debes cumplir una serie de requisitos fundamentales:
Requisitos personales
- Capacidad de obrar: Tener 18 años cumplidos o estar emancipado legalmente - Nacionalidad: Ser ciudadano español, comunitario o extranjero con permiso de residencia y trabajo en vigor - No estar incapacitado legalmente para ejercer la profesión que deseas - Compatibilidad con otras actividades: Si eres empleado por cuenta ajena, debes verificar que tu contrato permite compatibilizar con una actividad autónoma
Requisitos legales y administrativos
- Tener una actividad económica o profesional clara y legal - Disponer de los permisos sectoriales necesarios si tu actividad los requiere (por ejemplo, licencia de actividad para comercios) - No estar inhabilitado para ejercer actividades mercantiles o profesionales - Cumplir con los requisitos específicos de tu profesión (colegiación obligatoria en algunos casos)
Documentación necesaria para el alta de autónomo
Antes de acudir a los organismos competentes, reúne la siguiente documentación:
- DNI o pasaporte en vigor - Número de Identificación Fiscal (NIF): Si aún no lo tienes, debes solicitarlo previamente en la Administración Tributaria - Domicilio de la actividad: Puede ser tu domicilio particular o un local comercial - Descripción clara de la actividad que vas a realizar - Código de Actividad Económica (CAE): Deberás identificar correctamente tu actividad según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) - Número de teléfono y correo electrónico - Cuenta bancaria (para domiciliar las cuotas) - Número de Seguridad Social (si es la primera vez, se te asignará durante el proceso)
Si eres extranjero, necesitarás además:
- Documentación acreditativa de permiso de residencia - Permiso de trabajo en España - En algunos casos, certificado de antecedentes penales del país de origen
Proceso paso a paso: Los trámites que debes realizar
Paso 1: Obtener el NIF (si no lo tienes)
Antes de cualquier otro trámite, necesitas un Número de Identificación Fiscal. Si eres ciudadano español y ya tienes DNI, es probable que tengas NIF asignado automáticamente.
Dónde solicitarlo: - Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio - Oficina de Extranjería (si eres extranjero) - Consulados españoles (si estás en el extranjero)
Documentación necesaria: - DNI, pasaporte o documentación equivalente - Certificado de empadronamiento o comprobante de domicilio
Plazo: Entre 5 y 15 minutos si acudes presencialmente
Paso 2: Dar de alta en Hacienda (Agencia Tributaria)
Este es el primer trámite administrativo oficial. Debes comunicar a la Administración Tributaria que comenzarás una actividad económica como autónomo.
Modelo de solicitud:
Utilizarás el formulario 036 o 037:
- Modelo 036: Declaración de inicio de actividad (uso general). Comunica que vas a comenzar una actividad económica - Modelo 037: Declaración complementaria (si necesitas hacer cambios posteriores o aclaraciones)
La diferencia principal es que el 036 es para nuevas altas y el 037 para modificaciones. En la mayoría de casos iniciales, utilizarás el modelo 036.
Dónde presentarlo:
- Online: A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (recomendado) - Presencialmente: En las oficinas de la Agencia Tributaria - Por correo: Mediante correo certificado - A través de una gestoría: Si contratas a un gestor administrativo
Documentación adjunta:
- Copia del DNI o pasaporte - Certificado de empadronamiento - Documentos acreditativos de la actividad (si es necesario) - Licencia de actividad (si tu sector la requiere)
Datos a incluir en el formulario:
- Identificación personal (NIF, nombre, domicilio) - Descripción detallada de la actividad - Código CNAE de tu actividad - Domicilio del negocio - Régimen de IVA (normalmente régimen normal) - Actividades accesorias (si las hay) - Datos bancarios para domiciliación
Plazo: Puedes presentarlo el mismo día que comiences la actividad. La Administración debe comunicarte la aceptación en un plazo máximo de 30 días
Coste: Gratuito
Paso 3: Afiliación a la Seguridad Social (RETA)
Simultáneamente o después del trámite en Hacienda, debes afiliarte al régimen especial de autónomos en la Seguridad Social. Este paso es obligatorio para que tengas cobertura sanitaria, acceso a prestaciones por enfermedad y derecho a jubilación.
Dónde tramitarlo:
- Sede online de la Tesorería General de la Seguridad Social: Opción recomendada - Presencialmente: En la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana - A través de una gestoría: Si deseas delegar el trámite
Documentación necesaria:
- DNI o pasaporte en vigor - Número de teléfono y correo electrónico - Descripción de la actividad - Actividad anterior (si la hay) - Datos bancarios para domiciliar las cuotas - Copia del modelo 036 presentado en Hacienda (aunque no es estrictamente obligatorio)
Datos a proporcionar:
- Actividad principal (código CNAE) - Base de cotización elegida (según tu situación) - Régimen de Seguridad Social anterior (si corresponde) - Datos de contacto completos
Plazo: Puedes presentarlo en el momento de iniciar tu actividad. Recibirás un número de afiliación en pocos días
Coste: Gratuito el trámite de afiliación. A partir del mes siguiente, deberás pagar la cuota mensual
Paso 4: Obtener alta efectiva en Seguridad Social
Esta es una consecuencia del paso anterior. Una vez afiliado, debes solicitar el alta en el régimen de autónomos. En muchos casos, cuando completas la afiliación, el alta efectiva se genera automáticamente.
Qué necesitas saber:
- El alta es efectiva desde el primer día del mes en que solicitas (o desde el día siguiente, según el momento de presentación) - Recibirás una tarjeta sanitaria como beneficiario del RETA - Tendrás derecho a asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad/paternidad y jubilación
Obligaciones y cuotas tras el alta
Cuota mensual de Seguridad Social
Una vez dado de alta, deberás pagar una cuota mensual a la Seguridad Social. Para 2025, esta cuota varía según tu base de cotización elegida.
Tarifa Plana para nuevos autónomos:
Si es tu primer alta como autónomo, tienes derecho a una tarifa plana de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses. Pasado este período, pagarás la cuota ordinaria según tu base de cotización.
Base de cotización ordinaria:
La base mínima establecida para 2025 es de 1.260 euros mensuales, sobre la que se aplica un porcentaje de cotización del 29,3% (aproximadamente 370 euros mensuales).
Puedes elegir una base de cotización más alta si tus ingresos así lo justifican, lo que aumentaría tu cuota pero también tus prestaciones por jubilación.
Forma de pago:
- Domiciliación bancaria: La forma más común (se descuenta automáticamente cada mes) - Pago online: A través del portal de la Seguridad Social - Oficinas de recaudación: Presencialmente
Plazo de pago: Generalmente, entre el 1 y el 20 de cada mes
Obligaciones fiscales
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
Dependiendo de tu volumen de ingresos y tipo de actividad:
- Régimen normal: Debes repercutir el IVA a tus clientes y presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) - Régimen simplificado: Para pequeños autónomos (ingresos inferiores a ciertos límites) - Exención por pequeño volumen de operaciones: Si tus ingresos están por debajo de 10.000 euros anuales
IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas)
- Debes declarar tus ingresos netos anuales en la declaración de la Renta - Puedes deducir todos los gastos relacionados con tu actividad - Presentarás la declaración anual antes del 30 de junio del año siguiente
Retenciones
- Si tus clientes son empresas o administraciones, pueden retener el 15% de tus facturas por IRPF - Debes solicitar el Certificado de Retenciones anualmente
Contabilidad y facturación
Debes:
- Emitir facturas por todos tus servicios y ventas - Llevar un libro de ingresos y gastos (obligatorio aunque sea simplificado) - Conservar la documentación durante 5 años - Presentar cuentas anuales si tus ingresos superan ciertos límites
Preguntas frecuentes sobre el alta como autónomo
¿Puedo darme de alta como autónomo si soy empleado por cuenta ajena?
Sí, es posible en muchos casos, pero depende de tu contrato laboral. Algunos contratos incluyen cláusulas de exclusividad o incompatibilidad que lo prohíben. Antes de darte de alta como autónomo, revisa tu contrato o consulta con tu empleador y con un gestor profesional. Si la actividad autónoma es muy similar a la de tu empleo, especialmente si compites con tu empleador, podrías tener problemas legales.
¿Cuál es la diferencia entre los modelos 036 y 037?
El modelo 036 es la "Declaración censal de inicio de actividad" y se usa cuando comienzas por primera vez una actividad económica. El modelo 037 es una "Declaración complementaria" que se utiliza para hacer cambios o correcciones en datos ya declarados. En tu primer alta, usarás obligatoriamente el 036. El 037 se usa posteriormente si necesitas rectificar información.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso de alta como autónomo?
Si lo haces correctamente desde el inicio, el proceso completo puede realizarse en 2-3 semanas. Los trámites en Hacienda y Seguridad Social pueden hacerse prácticamente simultáneamente online. Sin embargo, para tener todos los documentos en mano y estar completamente operativo (tarjeta sanitaria, confirmación de afiliación, asignación de número de afiliación) puede tomar entre 30 y 45 días. No es recomendable comenzar la actividad antes de tener confirmación oficial de ambos organismos.
¿Qué pasa si no estoy dado de alta como autónomo pero trabajo por cuenta propia?
Trabajando sin estar dado de alta cometes un fraude fiscal y de Seguridad Social que conlleva graves consecuencias: multas administrativas (desde 300 euros), reclamación de cuotas no pagadas con intereses y recargos, posibles antecedentes penales, y falta de cobertura sanitaria y de Seguridad Social. Además, tus clientes podrían negarse a trabajar contigo sin factura oficial. La regularización posterior es siempre más costosa y complicada que realizar correctamente el alta desde el inicio.
Consejo práctico: Contrata a un gestor administrativo
Aunque todos estos trámites los puedes realizar por ti mismo, muchos autónomos optan por delegar en un gestor administrativo. El coste mensual es bajo (entre 40-100 euros mensuales según complejidad) y te garantiza que:
- Todos los trámites se realizan correctamente - No incurres en errores administrativos - Recibes asesoramiento profesional sobre tus obligaciones - Tienes más tiempo para dedicar a tu negocio - Estás protegido ante posibles problemas con administraciones
Conclusión
Darse de alta como autónomo en España es un proceso administrativo bien estructurado que, aunque requiere ciertos trámites burocráticos, es perfectamente accesible si sigues los pasos correctos. La clave está en documentarte adecuadamente, reunir la documentación necesaria, y completar los trámites en Hacienda y Seguridad Social casi simultáneamente. Recuerda que el alta debe ser tu primer paso para operar legalmente: trabajar sin estar registrado como autónomo genera problemas fiscales graves y te deja desprotegido socialmente.
Una vez completados los trámites iniciales, tu principal responsabilidad será mantener al día tus obligaciones fiscales y de Seguridad Social: pagar tus cuotas mensuales, emitir facturas correctamente, llevar la contabilidad ordenada, y presentar las declaraciones anuales de impuestos. Si tienes dudas durante cualquier fase del proceso, no dudes en contactar con la Administración Tributaria, la Tesorería de la Seguridad Social, o delegar en un profesional. La inversión inicial en hacer todo correctamente se recupera rápidamente en tranquilidad y legalidad.
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