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Impuestos y Fiscalidad

Modelo 347: Guía completa de declaración de operaciones

Brian13 de enero de 2026
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Modelo 347: Declaración de operaciones con terceros

Introducción

El modelo 347 es uno de los trámites fiscales más importantes para empresarios, profesionales y autónomos en España. Se trata de una declaración informativa que debes presentar ante la Agencia Tributaria para comunicar todas las operaciones económicas realizadas con terceros que superen ciertos importes. Aunque muchos contribuyentes la consideran una mera formalidad, el modelo 347 es una herramienta fundamental que utiliza Hacienda para cruzar información y detectar discrepancias en las declaraciones de impuestos.

Ignorar o presentar incorrectamente el modelo 347 puede acarrearte sanciones significativas, recargos e incluso investigaciones fiscales. Por eso es fundamental que comprendas exactamente qué debes declarar, cuándo presentarlo y cómo hacerlo correctamente. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta obligación tributaria.

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¿Qué es el modelo 347?

El modelo 347 es una declaración informativa mediante la cual los contribuyentes comunican a la Administración Tributaria las operaciones económicas realizadas con terceros durante un año natural. A diferencia de otras declaraciones de impuestos (como la renta o el IVA), el modelo 347 no implica el pago de impuestos directamente, sino que es un documento que sirve a Hacienda para tener constancia de las transacciones realizadas.

Esta declaración forma parte del sistema de intercambio de información entre terceros. Cuando un cliente te paga una factura o cuando tú pagas a un proveedor, ambas partes están obligadas a declarar esa operación si supera los límites establecidos. De esta forma, Hacienda puede verificar que los ingresos que declares coinciden con lo que otros contribuyentes han declarado que te han pagado.

Función y propósito

La principal función del modelo 347 es:

- Control tributario: Permite que Hacienda verifique la coherencia entre los ingresos declarados por un contribuyente y lo que otros han declarado pagarle - Detección de fraude: Facilita la identificación de operaciones no declaradas o ingresos en negro - Información estadística: Proporciona datos sobre el volumen de operaciones económicas en diferentes sectores - Transparencia: Aumenta la trazabilidad de las transacciones económicas en la economía

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¿Quién debe presentar el modelo 347?

No todos los contribuyentes están obligados a presentar el modelo 347. La obligación depende de varios factores:

Obligación según el tipo de contribuyente

Están obligados a presentar el modelo 347:

- Empresarios y profesionales que realicen operaciones con terceros que superen los límites establecidos - Sociedades civiles y entidades en general que realicen actividades económicas - Administraciones públicas que realicen compras o pagos a proveedores por encima de los importes establecidos - Entidades sin ánimo de lucro si realizan operaciones que superan los límites - Personas físicas que ejerzan una actividad económica (autónomos, profesionales independientes, etc.)

Exenciones y excepciones

No están obligados a presentar el modelo 347:

- Personas físicas que no realicen actividades económicas (salvo en casos específicos) - Contribuyentes menores de edad sin actividad económica - Entidades que no realizan operaciones durante el año declarable - Operaciones que no superan los límites mínimos establecidos

Límites de declaración

La obligación de declarar en el modelo 347 está sujeta a límites de importe:

- Límite general: Las operaciones deben superar 3.000 euros anuales con cada tercero - Operaciones con entidades públicas: El límite es de 3.000 euros anuales - Arrendamientos: Se declaran si superan 3.000 euros anuales - Bienes muebles: Se declaran si la venta supera 3.000 euros anuales

Es importante destacar que se declara por tercero (cliente o proveedor), no por transacción individual. Esto significa que aunque realices múltiples operaciones pequeñas con el mismo tercero, si en conjunto superan 3.000 euros en el año, debes declararlo.

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Plazos para presentar el modelo 347

Respetarlos es fundamental para evitar sanciones. Los plazos del modelo 347 son fijos y no admiten prórroga:

Período de presentación

- Período de referencia: El modelo 347 declara las operaciones realizadas durante un año natural completo (del 1 de enero al 31 de diciembre) - Plazo de presentación: Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente - Ejemplo: Las operaciones de 2024 deben declararse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025

Formato de presentación

Actualmente, el modelo 347 solo se puede presentar de forma telemática:

- Por Internet: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria - A través de gestoría: Si utilizas los servicios de una asesoría fiscal - Con certificado digital: Necesitas un certificado electrónico válido - A través de la aplicación proporcionada por Hacienda: Se facilita un programa específico para la cumplimentación

Consecuencias del incumplimiento de plazos

No presentar el modelo 347 en plazo tiene consecuencias importantes:

- Sanción por presentación extemporánea: Entre 100 y 3.000 euros según casos - Sanción por omisión: Puede llegar hasta 15.000 euros si se omite información relevante - Intereses de demora: Se aplican intereses por el retraso en la presentación - Acción administrativa: Hacienda puede requerirte para que presentes el modelo de forma inmediata

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Cómo cumplimentar correctamente el modelo 347

La correcta cumplimentación del modelo 347 es esencial para evitar sanciones y problemas futuros con Hacienda. Aquí te explicamos paso a paso cómo hacerlo:

Documentación necesaria

Antes de comenzar a cumplimentar el modelo 347, necesitarás recopilar:

- Facturas emitidas: Todas las facturas que hayas emitido a clientes durante el año - Facturas recibidas: Todos los comprobantes de compras a proveedores - Movimientos bancarios: Extractos de cuentas bancarias para verificar operaciones - Registros contables: Libro de ventas y libro de compras - Datos de terceros: NIF o identificador fiscal de los clientes y proveedores - Importes totales: Suma de todas las operaciones realizadas con cada tercero

Datos que debes incluir para cada tercero

Para cada tercero con el que hayas realizado operaciones superiores a 3.000 euros, deberás consignar:

- Identificación del declarante: Tu nombre, apellidos o razón social, NIF y domicilio - Datos del tercero: - NIF o identificador fiscal - Nombre y apellidos o razón social - País de residencia - Tipo de operación: - Ventas de bienes o servicios (ingresos para ti) - Compras de bienes o servicios (gastos para ti) - Arrendamientos - Actividades inmobiliarias - Otras operaciones - Importe total: Suma de todas las operaciones del año con ese tercero - Número de operaciones: Cantidad de facturas o transacciones registradas - Claves de identificación: Códigos que especifican la naturaleza de la operación

Pasos para la presentación

Paso 1: Acceder a la plataforma - Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria - Accede con tu certificado digital o sistema de autenticación

Paso 2: Seleccionar el modelo y período - Elige el modelo 347 - Selecciona el ejercicio (año a declarar)

Paso 3: Cumplimentar datos generales - Introduce tus datos personales o de la empresa - Verifica que todos los datos sean correctos

Paso 4: Introducir datos de terceros - Añade cada tercero con operaciones superiores a 3.000 euros - Cumplimenta todos los campos requeridos - Indica el importe total de operaciones

Paso 5: Revisar y enviar - Revisa toda la información antes de enviar - Asegúrate de que no hay errores de identificación o importes - Envía la declaración telemáticamente

Paso 6: Conservar justificante - Guarda el justificante de presentación - Este documento es importante en caso de consultas de Hacienda

Errores comunes a evitar

En la cumplimentación del modelo 347, evita estos errores frecuentes:

- Confundir importes brutos y netos: Declara el importe total de las operaciones, normalmente sin IVA - Omitir terceros por debajo de 3.000 euros: No es necesario declararlos, pero verifica bien los cálculos - Incluir operaciones con el mismo tercero en períodos diferentes: El límite de 3.000 euros es anual - Datos incompletos del tercero: Un NIF incorrecto puede causar problemas en el cruce de información - Confundir compras y ventas: Asegúrate de clasificar correctamente cada tipo de operación - No declarar todas las actividades: Si realizas varias actividades, asegúrate de incluir todas - Olvidar operaciones por comisiones o mediación: Aunque sean pequeñas, si acumulan más de 3.000 euros, deben declararse

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Gestión del modelo 347 con un gestor fiscal

Muchos contribuyentes delegan esta tarea en profesionales:

Ventajas de utilizar gestoría

- Garantía de cumplimiento: El gestor se responsabiliza de que se presente en plazo - Evitar errores: Profesionales especializados evitan omisiones o datos incorrectos - Ahorro de tiempo: Tú no tienes que dedicar horas a recopilar y organizar información - Asesoramiento: Obtienen orientación sobre qué operaciones deben declararse - Actualización normativa: Los gestores conocen los cambios en la normativa

Coste estimado

El coste de que una gestoría presente el modelo 347 varía según:

- Complejidad: Número de terceros a declarar - Ubicación: Precios diferentes según comunidad autónoma - Tarifa del gestor: Varía según la asesoría

Rango típico: Entre 50 y 150 euros si lo haces junto con otros servicios. Si lo contratas de forma aislada, puede costar entre 100 y 250 euros.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo 347

¿Qué ocurre si no presento el modelo 347 siendo obligatorio?

La falta de presentación del modelo 347 es considerada una infracción fiscal grave por la Administración Tributaria. Las consecuencias incluyen sanciones administrativas que pueden oscilar entre 100 y 3.000 euros según la gravedad. Además, Hacienda puede requeriarte para que lo presentes inmediatamente, lo que implica que la sanción será mayor por presentación extemporánea. En casos de omisión de información relevante o falseamiento de datos, las sanciones pueden llegar hasta 15.000 euros. Sin embargo, la mayor consecuencia no es siempre la sanción económica, sino que la falta de presentación puede generar sospechas de fraude fiscal que desencadenen investigaciones más profundas sobre tus declaraciones de renta, IVA y otros aspectos de tu actividad.

¿Debo declarar en el modelo 347 las operaciones con el extranjero?

Sí, tienes la obligación de declarar las operaciones realizadas con terceros residentes en el extranjero, siempre que superen el límite de 3.000 euros anuales. En estos casos, en lugar de NIF español, deberás incluir el identificador fiscal del país de residencia del tercero. Es importante que tengas especial cuidado con los datos identificativos de personas o empresas extranjeras, ya que un error en el código de país o en el identificador puede causar problemas en el cruce de información. Si tienes dudas sobre cómo identificar correctamente a un tercero extranjero, consulta con tu gestor o asesor fiscal.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 347 y el modelo 349?

Ambos modelos son declaraciones informativas de operaciones con terceros, pero se utilizan en contextos diferentes. El modelo 347 se utiliza para declarar operaciones con terceros residentes en España o con establecimientos permanentes en territorio español. El modelo 349, por su parte, es específico para operaciones intracomunitarias (compras y ventas de bienes entre empresarios comunitarios) y operaciones con terceros fuera de la Unión Europea. En resumen: modelo 347 para operaciones nacionales, modelo 349 para operaciones internacionales. Si realizas actividad económica internacional, es muy probable que tengas que presentar ambos.

¿Puedo rectificar el modelo 347 después de haberlo presentado?

Sí, es posible rectificar el modelo 347 después de presentarlo. Hacienda permite la presentación de una declaración complementaria o rectificatoria si detectas errores, omisiones o cambios en la información después de la presentación inicial. Tienes derecho a presentar esta rectificación dentro del plazo de cuatro años desde la presentación original. Sin embargo, es importante actuar rápidamente, especialmente si la rectificación implica que debería haber pagado más impuestos o que has omitido información que Hacienda podría detectar. Rectificar voluntariamente siempre es mejor que esperar a que sea Hacienda quien te requiera para hacerlo, ya que en el segundo caso las sanciones serán mayores.

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Conclusión

El modelo 347 es una obligación fiscal que no puedes ignorar si tienes actividad económica en España. Aunque pueda parecer una mera formalidad administrativa, es en realidad una herramienta fundamental que utiliza la Administración Tributaria para verificar la coherencia de tus declaraciones fiscales. Presentarlo correctamente, dentro de plazo y con toda la información detallada es la mejor forma de evitar sanciones, inspecciones y problemas con Hacienda.

Recuerda los puntos clave: debes declarar todas las operaciones superiores a 3.000 euros anuales con cada tercero, tienes que presentarlo entre enero y marzo del año siguiente al de las operaciones, y la presentación debe hacerse obligatoriamente de forma telemática. Si tienes dudas sobre qué debes declarar o cómo hacerlo, no dudes en consultar con un gestor o asesor fiscal, cuyo coste es muy inferior al de las sanciones que podrías recibir por presentación incorrecta. El cumplimiento puntual y correcto del modelo 347 es parte esencial de una buena gestión fiscal que te protege y te ahorra problemas a largo plazo.

Sobre el autor

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Brian

Fundador

Fundador y propietario de gestoriascercademi.com. Apasionado por simplificar los trámites administrativos y ayudar a autónomos y empresas en España a encontrar la gestoría ideal para sus necesidades.

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